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​Sistema General de Regalías

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Casas de Justicia y

Centros de Convivencia

Ciudanana

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Cárceles para

sindicados

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Comisarías de

Familia​



​Proyectos de construcción de cárceles para sindicados


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¿Qué es?

El Sistema General de Regalías ofrece la oportunidad a las entidades territoriales de destinar recursos del SGR hacia proyectos de inversión de Construcción de Cárceles para Sindicados, una acción que impacta directamente en la reducción de los índices de hacinamiento en las jurisdicciones territoriales.

A través de este proyecto las entidades territoriales cuentan con la posibilidad de dar cumplimiento a sus obligaciones legales para con el sistema penitenciario y carcelario (Art. 17, Ley 65 de 1993) y en especial,cumplir las órdenes dispuestas por la Corte Constitucional en la Sentencia SU122 de 2022, el Auto 1096 de 2024 y el Auto 714 de 2025.

Objetivos

  • Mitigar la crisis humanitaria en los Centros de Detención Transitoria (CDT) de las jurisdicciones territoriales.
  • Generar nueva infraestructura carcelaria del orden territorial para disminuir los índices de hacinamiento de población sindicada en CDT.
  • Mejorar las condiciones de habitabilidad y dignidad humana de la población sindicada detenida en las entidades territoriales.
  • Promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones que las entidades territoriales tienen para con el sistema penitenciario y carcelario.


Cómo aplicar

Para aplicar cada entidad territorial debe tener claro el alcance del proyecto a desarrollar en términos de predio destinado para el proyecto, número de cupos a generar y fuentes de recursos adicionales para el sostenimiento en el tiempo de la cárcel de sindicados.

Una vez que cuente con los parámetros mínimos especificados previamente, deberá:


  • 1. Remitir oficio a los correos dir.politicacriminal@minjusticia.gov.co y gestion.documental@minjusticia.gov.co manifestando expresamente que desea iniciar un proyecto de inversión de construcción de cárceles de sindicados a ser cofinanciado mediante recursos del Sistema General de Regalías (SGR).
  • 2. Una vez recibido este oficio, el Ministerio de Justicia y del Derecho procederá a responder la misma en los términos de Ley convocando a una reunión en coordinación con la USPEC y el INPEC, donde la entidad territorial deberá presentar la propuesta del proyecto con base en lo descrito en el punto 5.2 Condiciones mínimas del predio de los Lineamientos para la construcción de cárceles de sindicados 2.0.

  • 3. Una vez la entidad territorial acredite el cumplimiento de los requisitos descritos en el punto 5.2 Condiciones mínimas del predio de los Lineamientos para la construcción de cárceles de sindicados 2.0, la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria (DPCP) procederá a emitir el concepto de favorabilidad y necesidad del proyecto de inversión de infraestructura carcelaria.
  • 4. Con el concepto de favorabilidad y necesidad emitido por la DPCP, la entidad territorial deberá proceder con el cumplimiento de la totalidad de requisitos dispuestos en el numeral 8.2 Proyectos de construcción de cárceles para sindicados en el Anexo 08 Sector Justicia y Del Derecho del Acuerdo Número 12 de 2024 y la guía técnica Lineamientos para la construcción de cárceles de sindicados 2.0.


Línea estratégica

Esta línea se propone para entidades territoriales que tengan en su jurisdicción territorial más de 250 sindicados, bien sea a nivel municipal o departamental. En particular, se sugiere el desarrollo de este proyecto para todos los gobiernos departamentales y para aquellas autoridades municipales enunciadas en el resolutivo vigésimo de la Sentencia SU122 de 2022.

Es importante tener en cuenta que esta línea estratégica puede ser ejecutada mediante el mecanismo de integración territorial entre municipios y/o municipios y gobernaciones, habilitado por el artículo 18 de la Ley 65 de 1993. ​​​