¿Qué es la Conciliación en Derecho?

​​​​La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacional o extranjera), gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. 

¿Para qué sirve?

  • ​Evita el escalamiento del conflicto
  • Resuelve pacíficamente los conflictos​
  • Posibilita la efectividad de la justicia
  • Acerca la justicia al ciudadano
  • Restablece el tejido social
  • ​​Descongestiona los despachos judiciales ahorra tiempos y costos
  • Fortalece la autonomía y la solidaridad

​¿Qué se puede conciliar?

  • ​Fijación cuota alimentaria. icon Conflictos de convivencia.
  • Responsabilidad extra-contractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales.
  • Custodia de hijos y regulación de visitas.
  • Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas.
  • Asuntos laborales.
  • Obligaciones en General.
  • Lesiones personales culposas.
  • Propiedad horizontal particularmente cuota de administración Restitución de inmueble arrendado.
  • Accidentes de tránsito sin lesiones personales.
  • Liquidación de la sociedad conyugal.
  • Daño en bien ajeno.
  • Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho.
  • Injuria y calumnia cuando no trascienda.
  • Abuso de confianza
  • Injuria y calumnia indirecta.
Y los temas que contempla la normatividad vigente de acuerdo a la competencia de cada operador de la Conciliación en Derecho

​¿Qué no se puede conciliar?

  • ​De familia: Patria potestad, adopción, divorcio, cesación de efectos civiles y nulidad del matrimonio. icon De arrendamiento: Arrendamiento de bienes públicos.
  • Penales: Delitos no querellables y con pena privativa de la libertad, violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria. icon Agrarios: Unidad agrícola familiar y uso del suelo.
  • De tránsito: Personas con lesiones cuya incapacidad sea superior a 60 días y muerte en accidente de tránsito. iconAmbientales: Contaminación, talas y quemas en bosques, delitos ambientales.
  • Cambios del estado civil de una persona. icon Policivos: Multas y sanciones.
  • Comercio: Insolvencia económica de persona natural no comerciante, insolvencia empresarial, cobros coactivos y de tipo sancionatorio contra comerciantes o empresas. icon Administrativos: Conflictos entre particulares y entidades publicas