1. Debe presentar una solicitud formal al juzgado de ejecución de penas competente, informando los hechos que dan lugar a la solicitud de cambio de domicilio claramente descritos. Debe aportar pruebas (contrato de arrendamiento o de trabajo, entre otros) que respalden el hecho que da lugar al cambio de domicilio.
2. Informar la dirección completa del lugar donde va a residir. Así mismo debe relacionar la descripción del beneficio de prisión domiciliaria que le fue concedido, manifestando la fecha y las condiciones en que se dio. Anexar copia del auto (documento con el cual se autorizó la prisión domiciliaria).
3. El juez de ejecución de penas analizará el caso, solicitará al INPEC que verifique las condiciones del lugar a dónde se trasladará y autorizará el cambio de domicilio para cumplir la prisión domiciliaria. Sin este permiso no podrá trasladarse.
¿El trámite tiene costo?: No
¿Necesita abogado?: No
¿Trámite en línea?: No.
- Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.
- Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
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• Debe comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la pena cuando fuere requerido para ello.
• Debe permitir la entrada a la residencia de los servidores públicos encargados de realizar la vigilancia del cumplimiento de la reclusión.
• Cumplir las condiciones de seguridad que le hayan sido impuestas en la sentencia.
• Debe seguir cumpliendo con las condiciones iniciales de la prisión domiciliaria hasta tanto el cambio de domicilio sea autorizado.
• La persona sometida a prisión domiciliaria es responsable de su propio traslado a las respectivas diligencias judiciales.
• Debe requerir de autorización del INPEC para llevar a cabo el desplazamiento.