1. Acercarse al área de talento humano de su empleador y consultar la jornada laboral acordada.
2. Pedir a su empleador copia del contrato de trabajo reglamento interno de trabajo y convención colectiva de trabajo o demás acuerdos entre el empleador y los trabajadores donde se establezca la jornada laboral.
3. Si encuentra inconforme con algún tipo de liquidación, puede acudir al centro de conciliación o al juez del trabajo.
¿Tiene costo?: No.
¿Necesita abogado?: No.
- Empleador.
- Ministerio del Trabajo.
- Centros de conciliación autorizados por ley.
- Juez laboral.
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí.
En caso de estar inconforme, usted podrá intentar una conciliación con su empleador o presentar una demanda laboral de, ante un juez laboral, para lo cual deberá seguir los siguientes pasos:
1. Presentar un escrito de demanda, que indique cómo y cuándo se realizó la solicitud de reliquidación ante el fondo de pensiones, y la respuesta negativa de este, así como los documentos que prueban el cumplimiento de los requisitos para acceder al trámite.
2. El juez le informará al fondo de pensiones para que se pronuncie acerca de los hechos expuestos por usted.
3. El juez citará a una audiencia para decidir si tiene derecho a la reliquidación, según las pruebas presentadas por cada parte.
• La regla general es que el tiempo usado en el desplazamiento desde el lugar de residencia al lugar de trabajo, no hace parte de la jornada laboral, sin importar la duración de cada trayecto, pues en ese tiempo no hay una prestación personal del servicio.
• Téngase en cuenta que la jornada laboral solo comprende el tiempo en el cual el trabajador está a disposición del empleador para cumplir con las tareas y funciones de su cargo.
• Sin embargo, si el empleador ordena que el trabajador realice su desplazamiento a un lugar de trabajo distinto al habitual, debe reconocerse el tiempo utilizada con el salario ordinario, en razón de la disponibilidad del trabajador.
• Lo anterior no significa que ese tiempo sea tomado como trabajo suplementario u horas extras.
• Incluso si el transporte es proporcionado por el empleador, no se considera jornada de trabajo.