Los jueces de paz conocen de los conflictos que las personas o la comunidad voluntariamente, sometan a su conocimiento, que versen sobre asuntos susceptibles de transacción, conciliación o desistimiento y que no sean sujetos a solemnidades legales. Estas personas pueden ser investigados y sancionados por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial.
a. María y sus vecinos presentaron ante el juez de paz de su barrio una solicitud de conciliación sobre el manejo de las basuras. María se dio cuenta que el juez de paz se ha reunido por las noches con los dueños de los restaurantes, quienes son los que hacen una mala gestión de los desechos. Después de cada reunión con los dueños de los restaurantes, el juez de paz es hostil con los vecinos y reprograma las citaciones, alargando la decisión. María quiere saber si puede presentar una queja frente a la actuación del juez.
b. Andrea presentó una solicitud de conciliación con su vecino por exceso de ruido ante el juez de paz. El juez de paz es familiar del vecino que genera ruido, por lo cual ha omitido la solicitud de conciliación y cada vez que Andrea pregunta, le indica que se encuentra en lista. Han pasado 3 meses y Andrea quiere presentar una queja porque el juez de paz ha actuado en favor de su familiar, pero no sabe ante quien.
Para estos y otros casos similares, usted podrá presentar una queja ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial.