Su usted se encuentra en esta situación y desea solicitar la autorización
para el despido debe:
1. Es necesario que el empleador acuda al inspector de trabajo del
Ministerio de Trabajo para que autorice el despido ya que de lo
contrario estaría ante una nulidad de despido.
Lo anterior, debido a que el empleador está obligado a
conservar el puesto de trabajo de la empleada embarazada que
se encuentre en licencia de maternidad o en incapacidad laboral
con ocasión al embarazo.
2. Presentada la solicitud, el inspector de trabajo citará a la mujer
embarazada para ser escuchada, así mismo, solicitará las
pruebas que considere necesarias y se pronunciará sobre la
autorización de despido.
Si se da la autorización de despido por parte del inspector de
trabajo, el empleador no deberá pagar ninguna indemnización
a la empleada embarazada despedida.
Así mismo, si se despide la empleada embarazada sin
autorización del inspector del trabajo, pero se tenía una justa
causa para despedirla, el empleador deberá pagar la
indemnización de despido en estado de embarazo lo cual
corresponde a 60 días de salario, ya que es indispensable la
autorización de un inspector.
3. El proceso ante el inspector del trabajo es valorar las pruebas y
autorizar el despido únicamente si encuentra probada la
existencia de una justa causa.
Los documentos necesarios para solicitar la autorización para
el despido son:
- Carta de solicitud suscrita por el empleador indicando los
hechos para la terminación del contrato, con los
documentos que prueben las causas y los datos y medios
de notificación.
- Debe allegar copia del contrato de trabajo, el soporte de
pago a la seguridad social de los 3 meses antes de
presentada la solicitud.
- Datos para notificar a la trabajadora la cual debe estar
actualizada.
El proceso ante el Ministerio de Trabajo lo puede hacer de
manera presencial y virtual según le quede más fácil.
Si en su municipio no existe inspector de trabajo, deberá
tramitarse la autorización ante la Personería y/o la alcaldía
municipal.
Ministerio del Trabajo.
Inspección de Trabajo.
Alcaldía Municipal.
Personería Municipal.
Casa de Justicia.
- Está prohibido que se despida a una mujer en razón a su
embarazo.
- El fuero de maternidad es la protección laboral reforzada
que tiene la mujer en estado de embarazo para no ser
despedida en estado de embarazo ni en lactancia.
- Para que empiece el fuero de maternidad es importante que
el empleador conozca del embarazo por parte de la
empleada, o que el estado de embarazo sea tan evidente
que todos sepan que la trabajadora se encontraba en
estado de embarazo.
- Las mujeres en estado de embarazo tienen derecho a la
licencia de maternidad y las empresas bajo algunas
circunstancias deben adecuar sus espacios para el proceso
de lactancia.
- Actualmente, las mujeres en Colombia gozan de licencia de
maternidad de dieciocho (18) semanas remuneradas, con el
salario que obtengan al momento de iniciar su licencia y la
ley protege sus empleos mientras se encuentra en esta
licencia.
- Si no se solicita la autorización por parte del Ministerio de
Trabajo para el despido por justa causa a una trabajadora
embarazada se entenderá que el despido se hizo a causa
de su embarazo, esto dura dentro del periodo de embarazo
hasta los 3 meses posteriores al parto.
- Si la trabajadora en estado de embarazo está a punto de
terminar el contrato laboral, deberá renovarse o solicitar la
autorización para el despido al Ministerio de Trabajo.
- Si se despide a una mujer en estado de embarazo o en
proceso de lactancia sin justa causa el empleador deberá
pagar 2 indemnizaciones una por despido injusto y otra por
despedir ilegalmente a la trabajadora.
- La mujer embarazada o en licencia de maternidad no puede
ser despedida, salvo que exista una causa relevante que
justifique la terminación del contrato de trabajo, las causales
de despido por justa causa se encuentran explícitamente en
el Código sustantivo del trabajo.
- Cuando sea un alcalde municipal quien conozca de la
solicitud de permiso para el despido con justa causa, su
providencia tiene carácter provisional y debe ser revisada
por el inspector del trabajo residente en el lugar más
cercano.
- La mujer en estado de embarazo o en período de la
lactancia, puede considerar que la autorización por parte del
Inspector de Trabajo es equivocada por lo que puede
solicitar ante tutela el reintegro o por demanda con un Juez
laboral solicitar la declaratoria de despido injusto, junto con
el pago de las indemnizaciones a que hubiere lugar.