1. El cónyuge que por decisión unilateral decida terminar su matrimonio podrá en cualquier momento presentar una demanda de divorcio, la cual deberá ser acompañada de una propuesta de divorcio que contenga la propuesta de los efectos del divorcio, como la liquidación de la sociedad conyugal, el cuidado y custodia de menores de edad (si los hay), alimentos, entre otros.
2. El juez que lleva el caso le informará a la otra parte, la cual podrá oponerse a la propuesta de divorcio, proponiendo una distinta.
3. El juez que lleva el caso revisará las condiciones del divorcio en lo relacionado con lo definido como alimentos en el caso de encontrarse involucrados menores de edad y también las obligaciones alimentarias entre las partes. Igualmente, podrá verificar sí se presentan otras causales de divorcio y podrá ordenar medidas para proteger al cónyuge que se encuentre en una situación de riesgo o en la posibilidad de sufrir un daño grave para su integridad personal, su vida o su propiedad. Finalmente, podrá expedir la decisión en la que decreté el divorcio entre los cónyuges.
¿Tiene costo: Sí, debe asumir los honorarios del abogado.
¿Necesita abogado?: Sí.
¿Trámite en línea?: No.
- Juzgado de familia.
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí.
• Con la decisión judicial que decreta el divorcio queda disuelto el matrimonio civil, cesan los efectos civiles de un matrimonio religioso y se disuelve la sociedad conyugal.
• En las capitulaciones matrimoniales se podrá regular las indemnizaciones por terminación unilateral del matrimonio.
• Mientras el divorcio se encuentra en trámite en el juzgado y las partes lleguen a un acuerdo se podrá continuar ante Notaría.
• Dentro de este trámite se le puede otorgar alimentos al cónyuge que carezca de medios para la subsistencia.