1. De manera verbal o por correo electrónico, según el canal de atención de la empresa o la entidad, puede acudir ante el departamento o área de recursos humanos del lugar donde trabaja o trabajó, solicitando la expedición del certificado laboral.
2. Puede también presentar por escrito, derecho de petición ante su empleador, donde solicite el certificado laboral con la información relevante de la relación laboral.
3. En caso de no darse respuesta a su petición, puede acudir ante un juez constitucional presentando una acción de tutela solicitando la protección del derecho fundamental de petición.
¿Tiene costo?: No.
¿Necesita abogado?: No.
- Empleador.
- Juez constitucional.
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• El término de respuesta del derecho de petición para solicitud de certificado laboral es de máximo 15 días hábiles.
• Las certificaciones laborales que firman los jefes de recursos humanos, coordinadores, superiores o directivos, obligan al empleador cuando se suscriben en su representación.
• El contenido de las certificaciones laborales debe ser valorado por las entidades como por el juez laboral como hechos ciertos, sea tiempo de servicios, salarios, funciones y demás información de la relación laboral, sin que sea un obstáculo la fecha de expedición pues es obligación del empleador expedir una certificación laboral a la finalización del contrato de trabajo.