1. Se debe hacer la invitación mediante comunicación a cada uno de los copropietarios de la propiedad horizontal, en la cual se indique el día, el lugar y la hora, puede ser por escrito o por correo electrónico.
2. En la comunicación se debe indicar los temas a tratar y en razón a ello, la Ley exige que la asamblea se debe limitar a esos temas puntuales.
3. Debe señalarse el orden del día y no se pueden tomar decisiones sobre temas que no se establecieron. Pueden ser presenciales y no presenciales.
¿Tiene costo?: No.
¿Necesita abogado?: No.
- Administración Conjunto Residencial
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¿Qué debe hacer?
Si dentro de la audiencia de impugnación no se acepta la exoneración, deberá abrir un proceso de impugnación el cual se llevará como un proceso administrativo dentro de la entidad, donde tendrá las siguientes etapas:
1. La primera audiencia donde deberá contar todos los hechos de lo sucedido y solicitar la exoneración por no estar incumpliendo ninguna norma, así mismo, deberá solicitar que las pruebas que se alleguen al expediente sean las que determinó la entidad de transporte, la cual puede ser el testimonio del agente de tránsito, entre otras.
2. Se programarán las demás audiencias teniendo en cuenta la disponibilidad de la entidad para poder seguir la etapa probatoria, donde la entidad de tránsito tendrá la responsabilidad de probar cual es la norma que se violó.
3. Se programará la audiencia de alegatos de conclusión donde usted deberá decir las conclusiones de todo el proceso, teniendo en cuenta todo lo que tiene en el expediente, el cual siempre podrá solicitar y revisar.
4. Se programará la última audiencia de fallo donde se leerá el resuelve de la entidad, en caso de no ser favorable para su caso podrá solicitar que se lleve el proceso a segunda instancia.
En ese momento se le solicitará que argumente porque quiere que se vaya a segunda instancia donde usted podrá decir que nunca incumplió con la ley.
¿Tiene costo? No.
¿Necesita Abogado? No.
• Los requisitos para convocar una asamblea extraordinaria de copropietarios son los siguientes:
- Informarle a cada uno de los copropietarios de la propiedad horizontal. puede ser por escrito o por correo electrónico.
- Debe señalarse el orden del día y no se pueden tomar decisiones sobre temas que no se establecieron.
- Pueden ser presenciales y no presenciales.
• Este proceso de convocatoria a asamblea extraordinaria de copropietarios puede durar hasta 15 días.