1. Deberá acercarse a la oficina de la Entidad Promotora de Salud y solicitar el formulario de solicitud de prestaciones.
2. Contar con el certificado de licencia de maternidad expedido por el médico de la red de la EPS.
3. Si su parto fue atendido por una IPS o médico distinto a la red de la EPS, deberá validarlo previamente en las oficinas de la EPS.
¿Tiene costo?: No.
¿Necesita abogado?: No.
- EPS
- Juez de la República.
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí.
Radicar acción de tutela, en la página web de la Rama Judicial, alegando la vulneración al derecho fundamental al mínimo vital y seguridad social.
• Puede solicitar su licencia de maternidad, ya sea como madre biológica, adoptante o padre que quede a cargo del recién nacido.
• Debe estar afiliada a salud como cotizante y en estado activo.
• Si no realizó aportes a salud por el tiempo total de gestación, tiene derecho al pago proporcional de la licencia de maternidad, siempre y cuando haya cotizado más de dos meses.
• Si usted es empleada y su EPS niega el pago de la licencia, su empleador está en la obligación de pagarle el total de la licencia de maternidad.