1. Debe verificar que el acta debe estar firmada por el presidente y el secretario de la asamblea, por lo que se debe nombrar estos cargos al inicio de la reunión para que la asamblea pueda sesionar válidamente.
2. Debe verificar que contenga la indicación de si es ordinaria o extraordinaria, la forma de la convocatoria, el orden del día, así como el nombre y calidad de los asistentes. Los votos emitidos en cada caso o decisión sometida a votación.
3. Posteriormente se debe verificar el acta de asamblea que no puede ser en un tiempo superior a 20 días, para finalmente publicarla o ponerla a disposición de los copropietarios. Es obligatorio entregar el acta de asamblea a los copropietarios y registrarla en el libro de actas.
¿Tiene costo?: No.
¿Necesita abogado?: No.
- Administración Conjunto Residencial
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¿Qué debe hacer?
Si dentro de la audiencia de impugnación no se acepta la exoneración, deberá abrir un proceso de impugnación el cual se llevará como un proceso administrativo dentro de la entidad, donde tendrá las siguientes etapas:
1. La primera audiencia donde deberá contar todos los hechos de lo sucedido y solicitar la exoneración por no estar incumpliendo ninguna norma, así mismo, deberá solicitar que las pruebas que se alleguen al expediente sean las que determinó la entidad de transporte, la cual puede ser el testimonio del agente de tránsito, entre otras.
2. Se programarán las demás audiencias teniendo en cuenta la disponibilidad de la entidad para poder seguir la etapa probatoria, donde la entidad de tránsito tendrá la responsabilidad de probar cual es la norma que se violó.
3. Se programará la audiencia de alegatos de conclusión donde usted deberá decir las conclusiones de todo el proceso, teniendo en cuenta todo lo que tiene en el expediente, el cual siempre podrá solicitar y revisar.
4. Se programará la última audiencia de fallo donde se leerá el resuelve de la entidad, en caso de no ser favorable para su caso podrá solicitar que se lleve el proceso a segunda instancia.
En ese momento se le solicitará que argumente porque quiere que se vaya a segunda instancia donde usted podrá decir que nunca incumplió con la ley.
¿Tiene costo? No.
¿Necesita Abogado? No.
• Los requisitos para elaborar el acta de asamblea de copropietarios, son los siguientes:
- Elegirse al momento de iniciar la asamblea el presidente y secretario.
- El acta deberá estar firmada por el presidente y el secretario de la asamblea.
- Registrarse el nombre y calidad de los asistentes.
- Los votos emitidos en cada caso o decisión sometida a votación.
- Será publicada y puesta a disposición de los copropietarios.
- Es obligatorio entregar el acta de asamblea a los copropietarios y registrarla en el libro de actas.