
Aquí encontrará documentos, lineamientos, guías, videos y material relacionado con temas de género que le ayudaran a fortalecer sus competencias en este asunto
Documentos:
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Ministerio de Justicia y del Derecho. Justicia y Género. II Lineamientos técnicos en violencias basadas en género para las comisarías de familia.
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Ministerio de Justicia y del Derecho. Guía pedagógica para Comisarías de Familia sobre el procedimiento para el abordaje de la Violencia intrafamiliar con enfoque de género.
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Ministerio de Justicia y del Derecho. Cartilla Género.
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Ministerio de Justicia y del Derecho. Consúltele al Experto LGBT
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Ministerio de Justicia y del Derecho y Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer. Instrumentos para la atención y prevención de la violencia de género.
Jurisprudencia Corte Constitucional
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Sentencia T-421/2020 Tema: DERECHO DE LAS PERSONAS TRANSGENERO A ACCEDER A LOS SERVICIOS DE SALUD. TRATAMIENTO PARA REAFIRMACION SEXUAL QUIRURGICA O CAMBIO DE SEXO
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Marco normativo LGBTIQ+
Artículos en la Constitución Política de Colombia
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Artículo 1 Colombia es un Estado Social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
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Artículo 2. (…) Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
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Artículo 5. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
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Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
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Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar
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Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico
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Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.
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Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.
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Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su protección.
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Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
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Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad
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Artículo 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
Las formas del matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los deberes y derechos de los cónyuges, su separación y la disolución del vínculo, se rigen por la ley civil…"
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Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país.
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Artículo 93. Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Carta se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia.
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Legislación
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Ley 1709 de 2014 Artículos 3 y 3A. Enfoque Diferencial “El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, religión, identidad de género, orientación sexual, raza, etnia, situación de discapacidad y cualquiera otra. Por tal razón, las medidas penitenciarias contenidas en la presente ley, contarán con dicho enfoque.”
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"Ley 100 de 1993, Sistema de Salud y Seguridad Social, principio de universalidad; Artículo 2, literal b “Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida”"
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Ley 1010 de 2006, Ley contra el acoso laboral, artículos 2 y 7
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Ley 979 de 2005, modifica parcialmente la Ley 54 de 1990, Se definen las uniones maritales de hecho y el régimen patrimonial entre compañeros permanentes Artículos 1° y literal a del artículo 2°
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Decretos y Normas administrativas de Caracter Nacional
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Decreto 1227 de 2015 incluye la modificación de los datos del registro civil de las personas transgénero
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Conpes 161 de 2013 “equidad para las mujeres” incluye tratamiento especial dentro de las cárceles para LGBTIQ+
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Decreto 762 del 7 de mayo de 2018, Política Pública garantía de los Derechos sectores sociales LGBTIQ+
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Decreto 410 de 2018, sobre prevención de la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género, mediante la promoción de la acción afirmativa #AquíEntranTodos.
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Sentencias Corte Interamericana
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Corte IDH. Opinión Consultiva OC-24/17 de 24 de noviembre de 2017 sobre identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo
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"Caso Ángel Alberto Duque vs. Colombia. Pensión de sobrevivencia en una pareja del mismo sexo. Sentencia de 26 de febrero de 2016. Serie C. No. 310."
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Corte IDH. Caso Flor Freire Vs. Ecuador. Separación del servicio a funcionario por discriminación por orientación sexual, sancionado en reglamentos internos de la institución. Sentencia de 31 de agosto de 2016. Serie C No. 315.
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Caso Karen Atala Riffo e hijas Vs. Chile. Retiro de cuidado y custodia por discriminación por orientacipon sexual de uno de los progenitores.Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de febrero de 2012. Serie C No. 239
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