​¿Qué hacer en el caso que un menor esté siendo utilizado por un Grupo Armado Organizado?

Reclutamiento Forzado (Niños; Constitucional)

El Estado colombiano promueve acciones que protegen los derechos de los adolescentes cuando se trata de la extorsión y reclutamiento infantil por parte de grupos al margen de la ley y grupos de delincuencia organizada, con la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento utilización y violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes – CIPRUNNA. 

A continuación, se dan unos ejemplos:
  
1. El colegio ubicado en el corregimiento Villa del Rosario – El Salado, ubicado en el municipio del Carmen de Bolívar, sufre continuos reclutamientos de adolescentes entre los 13 a 15 años, por parte de un grupo guerrillero de la zona, los jóvenes reclutados son usados para la extorsión de campesinos de la zona, los habitantes del municipio tienen miedo de enviar a sus hijos al colegio por esta situación.  

Para casos como estos o similares en los que los Grupos Armados Organizados -GAO o Grupos Delicuenciales Organizados – GDO recluten menores con el fin de usarlos en la comisión de delitos, estos hechos deben ser denunciados ante las autoridades locales con el fin de lograr la desvinculación y se realicen las acciones encaminadas a la protección y restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 


Fecha del árticulo: 19/12/2021
Más Asesoría

Si requiere más información acerca de las rutas de protección ante el reclutamiento y utilización contra adolescentes puede enviar su consulta al correo electrónico:  contacto@presidencia.gov.co o entrar en contacto con la oficina de atención más cercana teniendo en cuenta la siguiente información dando clic aquí.​ 

De igual manera, la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento, utilización y violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes – CIPRUNNA se encuentra conformada por 22 entidades estales (click aq​uí para más información).

Para finalizar, le recomendamos acudir a las autoridades locales tales como: Defensoría de Familia/ Comisaría de Familia/ Inspección de Policía, Representante Centro Zonal y oficinas del ICBF o Policía de Infancia y Adolescencia, Personería municipal. 
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Normativa
• Convención sobre los Derechos del Niño, Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, Convenio 182 de la OIT y Ley 1098 de 2006). Artículo​ 44 de la Constitución Política. ​

• Ley de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2006 - protección integral de los niños, niñas y adolescentes. 

• ​CONPES 3673 de 2010 – Prevenir el reclutamiento y la utilización es asunto de todos.  
 
• Las rutas para la prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes por grupos organizados al margen de la ley y grupos delictivos organizados. clic aquí para más información.

• Construcción de acción interinstitucional territorial para la prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes Intersectorial.
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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