• Las personas que trabajan así sea por días tienen derecho a recibir por lo menos el pago de lo que equivale un día laboral sobre un salario mínimo.
• El jefe debe afiliar al empleado y cotizarle al sistema de salud, pensión y riesgos profesionales y si trabaja en varias casas de familia, cada uno deberá realizar cotización proporcional a los días de trabajo. Debe ser afiliado a una caja de compensación familiar, para recibir el subsidio familiar y beneficios de recreación, vivienda, educación y turismo. Cuando se termine el contrato de trabajo, el jefe tiene la obligación inmediata de liquidar y pagar los salarios y prestaciones que se deban.
• Tienen derecho a las cesantías, dotación, auxilio de transporte, vacaciones, prima de servicios todo lo cual se pagará de acuerdo al tiempo de trabajo y al salario.
• Usualmente se trabaja con contrato verbal, por lo que se deberá tener claridad sobre la fecha de ingreso, las tareas a realizar, salario y horario, por lo que se recomienda realizar un contrato escrito como prueba del vínculo laboral.
• No es trabajador del servicio doméstico, el que trabaja para una empresa, oficina, colegio, así realice actividades de arreglo u oficios.
• Se recomienda que tanto el jefe como el trabajador firmen y guarden recibos de pago de cada salario y cada prestación, con el fin de tener claras las cuentas y los soportes, en caso de inconvenientes.
• Los empleados de servicio doméstico deben cumplir con los horarios, las tareas encomendadas, utilizar la dotación en las labores, tener disposición en la prestación del servicio, actuar de buena fe, con respeto y honestidad, no ausentarse del trabajo sin justa causa o sin el permiso del empleador, avisar con anticipación las fechas propuestas para tomar vacaciones y enterar al empleador de cualquier circunstancia que no le permitan continuar trabajando, con el fin de permitir que el jefe pueda prever los reemplazos que sean necesarios, entre otros deberes para el buen desarrollo del servicio.
• Por su parte, los jefes o empleadores deben brindar al trabajador un trato digno y amable, dar las instrucciones de manera cortés, respetar los horarios y días de descanso, expedir certificaciones laborales, solicitar autorización al trabajador para retener salarios, y en general cumplir la normatividad en materia laboral.
• Si trabaja toda la semana, el empleado deberá tener como día de descanso pago el domingo y los días festivos. Si trabaja por días, los días de descanso se recibirán en proporción a los días realmente laborados.
• El salario puede recibirse la mitad en dinero y la otra mitad en beneficios como alimentación, habitación, vestuario, pero tenga en cuenta que si el trabajador gana sólo un (1) salario mínimo, deberá pagarse el 70% en dinero y 30% en otros beneficios.
• Normalmente los empleados domésticos tienen derecho a unas vacaciones pagas de 15 días hábiles por cada año de trabajo. Si sólo se trabaja por días, como pago de las vacaciones, el trabajador recibirá una suma igual a lo que ganaría por los días que normalmente trabaja durante 2 semanas. Ejemplo: Un empleado por días, al año de haber empezado a trabajar, puede solicitar vacaciones. Si trabaja los días martes y jueves de cada semana y gana $25.000 diarios, el pago de los 15 días de vacaciones será por $100.000, porque normalmente, en 15 días trabajaría para el empleador 4 días ($25.000 x4= $100.000).