1. Debe contar con una carta de invitación, en la cual deben estar registrados todos los datos de la persona, como son sus nombres completos, identificación, institución o entidad de origen, nombre del evento y las fechas en que se realizarán las actividades.
2. Al ingresar al país, debe presentar la carta de invitación al agente de Migración Colombia en el puesto de control del aeropuerto.
3. Antes de retirarse de la ventanilla de Migración Colombia, verificar que su pasaporte tenga el sello PID estampado.
¿Tiene costo?: No, pero si en el aeropuerto le estampan otro sello, deberá acudir a una oficina de Migración Colombia para diligenciar el sello PID, trámite que si tiene costo por valor de $120.000.
¿Necesita abogado?: No.
- Migración Colombia
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¿Qué debe hacer?
Si dentro de la audiencia de impugnación no se acepta la exoneración, deberá abrir un proceso de impugnación el cual se llevará como un proceso administrativo dentro de la entidad, donde tendrá las siguientes etapas:
1. La primera audiencia donde deberá contar todos los hechos de lo sucedido y solicitar la exoneración por no estar incumpliendo ninguna norma, así mismo, deberá solicitar que las pruebas que se alleguen al expediente sean las que determinó la entidad de transporte, la cual puede ser el testimonio del agente de tránsito, entre otras.
2. Se programarán las demás audiencias teniendo en cuenta la disponibilidad de la entidad para poder seguir la etapa probatoria, donde la entidad de tránsito tendrá la responsabilidad de probar cual es la norma que se violó.
3. Se programará la audiencia de alegatos de conclusión donde usted deberá decir las conclusiones de todo el proceso, teniendo en cuenta todo lo que tiene en el expediente, el cual siempre podrá solicitar y revisar.
4. Se programará la última audiencia de fallo donde se leerá el resuelve de la entidad, en caso de no ser favorable para su caso podrá solicitar que se lleve el proceso a segunda instancia.
En ese momento se le solicitará que argumente porque quiere que se vaya a segunda instancia donde usted podrá decir que nunca incumplió con la ley.
¿Tiene costo? No.
¿Necesita Abogado? No.
• El permiso de integración y desarrollo procede cuando:
- Se solicite en desarrollo y cumplimiento de Convenios, Acuerdos o Tratados de cooperación y asistencia internacional.
- Para adelantar labores en procesos judiciales, administrativos o trámites de refugio, entre otros. De igual forma, para presentar entrevista o participar en un proceso de selección de personal.
- Para apoyar, asistir o cooperar en actividades de importancia para el país, como consolidación del proceso de paz y las que surjan con ocasión de otros escenarios.
- Para asistir en calidad de estudiantes, en desarrollo de programas académicos no formales o prácticas estudiantiles, o en virtud de un convenio académico de intercambio, o para ser entrenado en un arte u oficio, cuya duración sea inferior a 180 días.
- Para realizar actividades en calidad de docentes, conferencistas o investigadores, programadas por entes educativos, empresariales, etc.
- Para cubrir eventos de trascendencia internacional en calidad de periodistas, junto con sus respectivos equipos de apoyo.
- Cuando a juicio de la autoridad migratoria o sanitaria, necesiten ingresar al territorio colombiano, como consecuencia de hechos derivados de desastres naturales, alteración de orden público, vulnerabilidad de DD. HH., polizones, náufragos o afectaciones de salud que impliquen riesgo para la vida. De ser necesario, se autorizará el ingreso de un acompañante, en las mismas condiciones que el afectado.
- Para ejercer la representación del Estado que lo acredite en las relaciones internacionales.