Dependencias

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR


 La actuación en las Casas de Justicia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF ; se determina según lo establecido en la Ley 1098 de 2006. El ICBF atiende a la Comunidad, por medio de los Defensores de Familia, velando por la protección de la familia y los menores que se encuentren en situación de riesgo.
Asume la asistencia y protección del adolescente responsable de haber infringido la ley penal ante el Juez Penal para adolescentes, acompaña al adolescente en todas las actuaciones del proceso y en las etapas de indagación, investigación y juicio y verifica la garantía de
sus derechos dentro del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
 

DEFENSORÍA DEL PUEBLO - DEFENSOR PÚBLICO


Vela por la promoción, ejercicio y divulgación de los derechos humanos; en el caso específico de la Casa de Justicia, actúa por medio del Procurador de los Derechos Humanos, el Defensor del Pueblo y los Defensores Públicos. Estos últimos, están encargados de atender las diligencias de indagatoria requeridas para la definición de la situación jurídica de las personas de la localidad que hayan sido acusadas y que carezcan de recursos económicos para proveer la defensa de sus derechos.
Adicionalmente,  organiza programas de protección al menor, a la mujer, a los desplazados y recibe denuncias por desapariciones y amenazas a la vida.

FISCALÍA LOCAL - FISCAL LOCAL 


El servicio que presta la Fiscalía dentro de las Casas de Justicia se basa en lo establecido en el Código Penal y de Procedimiento Penal.
La Fiscalía identifica, ubica, investiga y acusa a los presuntos infractores denunciados en la Casa de Justicia. Puede funcionar como despacho del nivel local, lo cual determina sus competencias conforme a la Ley. En las Casas se cuenta con el Fiscal y en algunos casos con los Técnicos Judiciales respectivos; en ninguna circunstancia la Casa de Justicia se puede convertir en un centro de retención. A partir del año 2005 con la entrada en vigencia del nuevo Sistema Penal Acusatorio, la Fiscalía tiene un nuevo esquema de atención,
 

MINISTERIO DE TRABAJO - INSPECTOR DE TRABAJO

 
Los Inspectores de Trabajo buscan soluciones a los conflictos laborales que enfrentan algunos usuarios, a través del mecanismo de la conciliación. El establecimiento en las Casas de las Inspecciones de Trabajo se relaciona directamente con la demanda en esta clase de problemática. Sus resultados han sido reconocidos por la Comunidad.
 

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL


La función de los consultorios de Médicos Legistas se soporta en lo establecido en el Código Penal y de Procedimiento Penal. Brinda soporte técnico y científico a las demás Entidades que prestan sus servicios en la Casa de Justicia. Además, a través de los dictámenes forenses puede identificar las condiciones médico-legales de un hecho delictivo cometido.
 

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL


Garantiza que los usuarios de las Casas de Justicia puedan registrarse, identificarse y expresarse en los procesos electorales de una manera libre y espontánea. Su presencia en las Casas puede ser permanente o mediante brigadas de registro, cedulación u otras, dentro de la competencia que la ley le otorga.

PERSONERÍA DISTRITAL O MUNICIPAL


Los servicios que se prestan a través de la Personería se reglamentan a través de los siguientes documentos para la Defensoría Pública: Memorando N° 026 del 11 de septiembre del 2002 y Memorando N° 025 del 26 de febrero del 2002. 

OFICINA DE DESARROLLO COMUNITARIO 

 
Se encarga de garantizar la articulación de la Comunidad con la Casa de Justicia, en el trabajo conjunto por alcanzar la convivencia pacífica. Para cumplir su cometido, debe contar con el apoyo de las organizaciones comunitarias, las universidades y la sociedad civil en general. En este espacio se diseñan y ponen en funcionamiento  programas de investigación sociojurídica, de educación jurídica popular y brigadas de cedulación, entre otros.

COMISARÍA DE FAMILIA - EQUIPO DE TRABAJO SOCIAL Y SICOLOGÍA


Complementa los servicios de la Casa de Justicia, ofreciendo al usuario la posibilidad de contar con un servicio integral, que facilita las opciones de solución pacífica y fortalece los principios de equidad. En este sentido, realiza valoraciones psicológicas, terapias individuales de pareja y de grupo, realiza seguimiento a los casos atendidos en la Casa de Justicia, apoya la labor de los Comisarios de Familia, a la Fiscalía y demás Entidades que actúan dentro de la Casa.

​OFICINA DE ASUNTOS ÉTNICOS


La creación de la Oficina de Asuntos Étnicos se desprende de lo establecido en el Convenio Nacional para la Puesta en Marcha del Programa Nacional de Casas de Justicia para garantizar el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural. 

Es un espacio de orientación, notificación y referencia al cual concurren las autoridades indígenas y las personas de las Comunidades en general, para formalizar trámites, realizar audiencias e interlocutar con los servidores de la jurisdicción ordinaria. Informa a la administración datos precisos sobre el contexto étnico del municipio y sus alrededores.

Recomienda y propone a los servidores públicos de la administración local mecanismos concretos para fortalecer la etnicidad y la cultura de los individuos y grupos pertenecientes a las etnias de Colombia, define programas de bienestar y desarrollo en un marco participativo a fin de satisfacer las necesidades reales de la Comunidad.

INSPECCIÓN DE POLICÍA


Los servicios que se prestan a través de la Inspección de Policía están reglamentados por el Código Nacional de Policía, el Decreto 522 de 1971 y Ley 23 de 1991. La Inspección protege al ciudadano en materia de seguridad, salubridad, moralidad y convivencia ciudadana. También protege a las víctimas de la violencia intrafamiliar, en colaboración con la Comisaría de Familia y la Defensoría de Familia, tramita y decide querellas civiles policivas por conflictos entre particulares relacionados con perturbaciones a la posesión, propiedad o tenencia de bienes muebles o inmuebles, expedición inmediata de protecciones policivas, prácticas de comisiones impartidas por juzgados y fiscalías .

CENTROS DE CONCILIACIÓN


La conciliación es un mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas envueltas en una controversia gestionan autónomamente la solución del mismo, con la intervención de un tercero imparcial, neutral e independiente denominado Conciliador, facilita la comunicación entre las partes y puede proponer fórmulas de arreglo.

En materia de conciliación extrajudicial en derecho, con fundamento en el artículo 19 de la Ley 640 de 2001, se podrán conciliar todas las materias que sean susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación, ante los Conciliadores de Centros de Conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho, ante los servidores públicos facultados para conciliar en la citada ley y ante los Notarios.

JUECES DE PAZ


Los servicios de los Jueces de Paz en las Casas de Justicia se establecen de acuerdo a lo determinado por la Ley 497 de 1999. Una vez elegidos los Jueces de Paz dentro de las Comunidades donde la Casa de Justicia tiene influencia, podrán tener un espacio dentro de la misma. Los Jueces de Paz deciden en equidad conflictos de naturaleza transigible cuyas pretensiones no sean superiores a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

CONCILIADORES EN EQUIDAD


La labor de los Conciliadores en Equidad se rige por lo establecido en la Ley 23 de 1991 y la Ley 496 de 1998. Los Conciliadores en Equidad son personas escogidas por sus Comunidades previo a un proceso de selección y capacitación; son nombrados como terceros neutrales y participan en la mediación pacífica de los conflictos de la Comunidad de acuerdo a los preceptos establecidos por la ley y la Carta Política. De esta forma ejercen una justicia en equidad, dentro de un marco de respeto a los derechos humanos, teniendo en cuenta la diversidad cultural de las Comunidades.

CONSULTORIO JURÍDICO


Depende de las facultades de derecho de aquellas universidades que articulan su trabajo académico y su práctica estudiantil al desarrollo de las Casas de Justicia. Está conformado por estudiantes y se encarga de litigar en causa ajena, de acuerdo con las competencias de la Ley.