1. El o los solicitantes deberán dirigirse a la entidad delegada de otorgar el uso de la autorización de denominación de origen por la Superintendencia de Industria y Comercio o a esta última si no delegó la autorización y presentar una solicitud de declaración de autorización de denominación de origen, la cual debe contener como mínimo:
- Declaración del interés de usar la denominación de origen y del conocimiento de las reglas y obligaciones que su uso implica.
- Poderes, certificado de existencia y representación legal.
- Certificado de conformidad de calidad y característica del producto.
2. La Superintendencia de Industria y Comercio o la delegada revisará la solicitud dentro de los 15 días siguientes y después de hacer un examen decidirá si autoriza o no.
3. Si la delegada o la Superintendencia autorizan el uso de la denominación de origen, se deberá registrar la autorización en el registro de afectaciones de signos distintivos. En caso de que la solicitud sea negativa podrá poner un recurso ante la entidad para que reconsidere la decisión y si continúa negando la autorización deberá ser remitido a la Superintendencia.
Si la decisión la tomó la Superintendencia podrá interponer los recursos ante la misma entidad.
¿Tiene costo?: No
¿Necesita abogado?: No.
- Superintendencia de Industria y Comercio.
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• La denominación de origen protege técnicas milenarias de cultivo o siembra, habilidades o destrezas artesanales, formas especiales de hacer un producto y que han pasado de generación en generación, así como, condiciones geográficas especiales, clima, suelo, humedad, aire, entre otras.
• Las autorizaciones de uso de una denominación de origen protegida tendrán una duración de 10 años, pudiendo ser renovada por períodos iguales.
• Quienes pueden solicitar la autorización de uso:
- Los beneficiarios que solicitaron la declaración de la protección de la denominación de origen, quienes tienen legítimo interés.
- Las personas que no habiendo hecho parte del grupo de beneficiarios que solicitaron la declaración de protección, directamente se dediquen a la extracción, producción o elaboración de los productos distinguidos por la denominación de origen y realicen dicha actividad dentro de la zona geográfica delimitada según la declaración de protección.
- Aquellas personas que comercializan los productos protegidos con la denominación de origen y requieren necesariamente de su uso.
• La Superintendencia de Industria y Comercio podrá cancelar la autorización de uso de una denominación de origen cuando se demuestre que se está utilizando sin sujetarse a las condiciones de la declaración de protección respectiva.