1. Si ha evidenciado que puede ser afectado por un acto de competencia desleal o este ya se ejecutó o está siendo ejecutado, pero no le han causado daño, usted puede solicitar una conciliación en un centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, como, por ejemplo, los centros de conciliación de las Cámaras de Comercio. En este trámite debe intentar llegar a un acuerdo con la persona o la empresa que lo va a afectar o le esté afectando para terminar los actos de competencia desleal.
2. En caso de que falle la conciliación o que desee solicitar directamente medidas cautelares para evitar el daño que le pueda causar o se le esté causando puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio a través de sus canales de atención.
Para esto deberá presentar un escrito solicitando el decreto de medidas cautelares y posteriormente la demanda, indicando cuáles son las reclamaciones y peticiones, que se evite o pare los actos de competencia desleal y adjuntar las pruebas que soportan las peticiones, junto con la constancia de conciliación fallida.
Igualmente, podrá solicitar medidas cautelares al tiempo de presentar la demanda o en cualquier momento del proceso.
3. La Superintendencia revisará la demanda y verificará si cumple con los requisitos, cuando sea aceptada, le informará a la otra parte para que se pronuncie sobre lo propuesto en la demanda y le informarán a usted sobre lo dicho en la contestación. Según lo que se encuentre en el expediente la Superintendencia podrá citar a una audiencia o tomar una decisión definitiva. La entidad posteriormente a escuchar a las partes y revisar las pruebas tomará una decisión, en la cual declara si es ilegal o no los actos acusados y accederá o no a las demás pretensiones.
Frente a esta decisión puede presentar apelación para que sea resuelta por el Tribunal de Distrito Judicial, en sala civil.
¿Tiene costo?: No
¿Necesitaabogado?: Si.
- Superintendencia de Industria y Comercio.
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• Son actos de competencia desleal:
- Actos de desviación de la clientela.
- Actos de desorganización.
- Actos de confusión.
- Actos de engaño.
- Actos de descrédito.
- Actos de comparación.
- Actos de imitación.
- Explotación de la reputación ajena.
- Violación de secretos.
- Inducción a la ruptura contractual.
- Violación de normas.
- Pactos desleales de exclusividad.
• Se pueden detectar las siguientes medidas cautelares:
- El cese inmediato de los actos que puedan ser infracciones.
- El retiro de los circuitos comerciales de los productos resultantes de las posibles infracciones como envases, embalajes, etiquetas, publicidad, otros materiales.
- La suspensión de la importación o exportación de los productos, materiales o medios relacionados en el punto anterior.
- La constitución de una garantía suficiente por el presunto infractor.
- El cierre temporal del establecimiento de comercio para evitar la infracción.
• La acción de prevención o prohibición de competencia desleal se tramita a través del proceso verbal.
• Si usted obtuvo acuerdo de conciliación, o instauró otra demanda no podrá iniciar una nueva acción judicial por asuntos basados en los mismos hechos y pretensiones
• Esta acción se presenta antes de que causen daño o cuando ya se han perfeccionado, pero no hay perjuicios claros.
• Las demandas que presenten deben cumplir con los requisitos dispuestos en la norma procesal vigente y contener los acápites que toda demanda debe tener (hechos, pretensiones, pruebas, etc.) y siempre tendrán que ser interpuestas a través de abogado con poder debidamente conferido.