¿Quiénes pueden presentar un derecho de petición?

Derecho de Petición (Constitucional)

​​El derecho de petición es un derecho fundamental, por lo tanto, cualquier persona puede realizar peticiones respetuosas cuando se busque garantizar derechos fundamentales.

A continuación, se muestran unos ejemplos al respecto, 

1. Jaime se mudó recientemente a una casa en la zona rural del departamento de Sucre, tras unos días viviendo en su nueva casa empieza a sufrir la suspensión del servicio de agua constantemente durante la semana. Jaime decide presentar un derecho de petición a la empresa de agua para conocer la razón por la que se están produciendo estos cortes en su servicio. 

2. Natalia es habitante del municipio de Chinú en el departamento de Córdoba. Un día mientras se encontraba de camino a una cita médica, se presentó un intercambio de disparos entre el Ejército Nacional y un grupo delincuencial en el que resultó muerto su hermano menor Oreste. Como consecuencia decide presentar un derecho de petición al comando central de las Fuerzas Armadas solicitando información sobre los nombres de los miembros de la fuerza pública que participaron en esas determinadas acciones en Chinú, Córdoba en la fecha y hora precisa, para poder acceder a su derecho a la justicia, la verdad y la reparación. 

Para estos casos y otros similares, en los cuales se requiera conocer información o realizar una solicitud a las autoridades o instituciones privadas, podrá presentarse un derecho de petición cumpliendo con ciertos lineamientos.

Fecha del árticulo: 21/05/2022
Más Asesoría

Si requiere más información o asesoría usted podrá acercarse a la Personería, Defensoría del Pueblo o consultorios jurídicos de su municipio.

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Normativa
• Constitución Política de Colombia, artículo 23 Derecho de petición.

Decreto 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”. 

Decreto 491 de 2020 “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”. ​ ​​
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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