En el evento en el que necesite realizar la cancelación del registro civil deberá saber:
1. Solo podrá cancelarse el registro civil de nacimiento, matrimonio o defunción que se encuentre inscrito válida e independientemente.
La cancelación solo operará frente a los registros válidos, que no se encuentren anulados, o reemplazados.
Así mismo, solo se dará si entre los dos registros no existen notas de referencia iguales que los reemplacen, entre el nombre y la identificación del sujeto.
2. Para solicitar la cancelación del registro deberá:
- Acudir ante la Dirección Nacional del Registro Civil, o una de sus sucursales y radicar los documentos que se requieren.
- Requisitos:
Solicitud expresa y clara por parte del interesado.
Llevar consigo la cédula de ciudadanía del solicitante.
Presentar los registros civiles de nacimiento, matrimonio o defunción que poseen más de una inscripción.
3. Una vez sean radicados los documentos la solicitud de cancelación de documentos se llevará a cabo dentro de los siguientes 15 días hábiles.
Se notificará por medio de correo electrónico o datos de notificación informados dentro de la carta de solicitud.
La solicitud de cancelación de registro civil de nacimiento, matrimonio o defunción se podrá hacer por parte de ciudadanos nacionales o extranjeros, y tendrán que cumplir con los mismos requisitos.
¿Tiene costo? No
¿Necesita Abogado? No
¿Qué debe hacer?
En caso de
que se le niegue el trámite ante la Registraduría Nacional podrá demandar
para que el soporte de la cancelación del registro civil sea una sentencia
judicial en firme. En estos
casos deberá presentar una demanda ante la jurisdicción civil. Requisitos
generales de la demanda: - Designación del juez a quien se dirige
- Nombre y domicilio de las partes y sus
representantes
- Las pretensiones o solicitudes de la
demanda
- La narración de los hechos que sirven de
fundamento para hacer la solicitud.
- La normativa que respalda la demanda
- La determinación del valor o cuantía de la
demanda.
- Dirección de notificaciones
¿Tiene costo? Sí Honorarios
del abogado. ¿Necesita Abogado? Sí
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- El trámite de cancelación de registro civil de nacimiento, matrimonio o defunción podrá hacerse por medio de la Registraduría, Notario o por Juez.
- Si se realiza por medio de Juez deberá tener una sentencia en firme que ordene la cancelación, la cual se dará en los casos en que los registros civiles presenten diferencias en los datos consignados como el lugar o fecha de nacimiento, nombre de los padres o sexo.
- Cuando la solicitud se realice por medio de Notario deberá probarse que los datos consignados en los registros civiles son idénticos, de manera que se pueda establecer que se trata de la misma persona y que fue registrado el nacimiento, matrimonio o defunción más de una vez.
- La solicitud de cancelación deberá tener como soporte una copia de la escritura pública o una sentencia en firme, según fuera el caso.
- El trámite lo puede realizar un ciudadano nacional o extranjero y tendrán que cumplir con los mismos requisitos.
- Es necesario que conozca la medida tomada por la Registraduría Nacional debido a la contingencia del COVID-19, y esta es, que se deben agendar citas con anticipación mediante la página web para realizar el trámite presencial.
En caso de que la oficina no cuente con dicho sistema, se atenderá en orden de llegada.