Si desea tramitar el marcaje de arma traumática, usted deberá:
1. Ingrese a la página web
https://www.controlarmas.mil.co/ luego diríjase al paso a paso que la página le brinda y siga el instructivo para pagar el agendamiento de la cita. Luego espere la verificación de antecedes para seguir con el trámite y preséntese en la fecha acordada donde usted agendó la cita.
2. Debe acercarse al almacén de INDUMIL y entregar el arma traumática. Ahí mismo le entregarán un comprobante escrito de recepción junto con un formato con los datos personales del dueño del arma y con los datos del arma que haya entregado.
Tendrá que diligenciar un formulario, donde usted informa que de manera voluntaria entrega y solicita el marcaje de su arma. También le tomarán la huella de sus dedos y una fotografía.
3. Una vez sea recibida el arma por parte del almacén comercial, se adjuntarán las características de la misma junto con los datos del propietario y finalmente el marcaje. Luego podrá continuar con los otros pasos que le brinda la página web anteriormente mencionados si desea obtener el permiso de porte.
- Industria Militar Militar de Colombia (INDUMIL).
- Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares.
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¿Qué debe hacer?
Si no desea realizar el registro o marcaje del arma traumática deberá deshacerse de su arma de forma voluntaria ante INDUMIL quien destruirá el arma.
Deberá demostrar en dónde, cuándo y cómo compró el arma traumática, es decir tener una factura que soporte la compra, bien sea si fue comprada a través de internet o en una tienda especializada.
En caso de no tener la factura, podrá presentar la declaración de importación del arma.
En caso de que no quiera adelantar el registro o marcaje del arma, usted deberá entregar el arma traumática. No le pagarán ningún dinero por el arma.
A partir de la expedición de este Decreto y hasta dentro de los 6 meses siguientes a su publicación, las personas naturales o jurídicas titulares de armas traumáticas que cumplan con las características de armas de guerra o uso privativo y de uso restringido, deberán entregarlas al Estado, so pena de su incautación y judicialización, La entrega se hará por medio del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares y/o Seccionales Control Comercio de Armas a nivel nacional, sin recibir contraprestación alguna.
Si usted carga un arma traumática sin el registro, marcaje o permiso de porte o tenencia en Colombia, podrá incurrir en el delito de porte ilegal de armas, el cual tiene una pena de cárcel de nueve (9) a doce (12) años de prisión. Además el arma sin registro se le decomisará y será destruida.
Las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho (8) meses contados a partir de que entre en funcionamiento y operación el procedimiento que para ello establezca INDUMIL. Después de dicho proceso, contarán con ocho (8) meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte, este término se contará a partir del marcaje y registro de cada arma traumática.