¿Qué hacer si no se afilia o paga la seguridad social del trabajador?

No pago de los aportes a Seguridad Social (No pago de prestaciones)

​​Juliana trabaja en un restaurante como mesera. Sin embargo, su jefe no ha consignado los aportes a salud, pensión y riesgos laborales, a pesar que le hace los descuentos en el salario. Un día a Juliana le dio apendicitis y debió pagar todos los gastos médicos y medicamentos, pues la EPS no le cubrió por no encontrarse al día en el pago de los aportes. 

Siempre que se inicie un contrato de trabajo, sin importar su duración o se inicie en período de prueba, es obligatorio que el jefe o empleador afilie y pague las cotizaciones a la seguridad social. De no hacerlo, el empleador queda obligado a pagar los gastos de una enfermedad, accidente, maternidad, pensiones etc., así como el pago de intereses moratorios, por el no pago a tiempo, ante las entidades como las EPS, ARL, Fondos de Pensiones, etc.

Fecha del árticulo: 24/06/2018

Más Asesoría
Si requiere mayor información o asesoría sobre la autorización para la afiliación o pago de los aportes a la seguridad social, usted podrá acercarse a la oficina del trabajo, Personería, Defensoría del Pueblo o consultorios jurídicos de su municipio.​
Normativa
• Ley 100 de 1993, artículos 17 y ss, 161, 162, 202 y ss, relativas a la obligatoriedad de los aportes a seguridad social. 

 Ley 1610 de 2013, por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral.

• Decreto 1295 de 2004, artículos 13 y ss, sobre la afiliación y cotizaciones al sistema general de riesgos profesionales

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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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