1. Quien conozca que una persona ha hurtado animales como vacas, caballos, cerdos, debe denunciarlo ante la Fiscalía General de la Nación o ingrese al portal "A denunciar" e interponga su denuncia en línea haciendo
clic aquí.
2. Es importante que al denunciarlo se expliquen detalladamente los hechos, en especial el lugar y tiempo en el que ocurrieron. Así como los que ayuden a identificar al presunto autor.
La denuncia se puede presentar de forma escrita u oral. Puede conocer los sitios de recepción de denuncias de la Fiscalía General de la Nación haciendo
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3. Una vez presentada la denuncia, será la Fiscalía General de la Nación quien deberá adelantar la investigación para demostrar que los hechos sí ocurrieron y quien es el responsable. El denunciante puede continuar pendiente del proceso, por ejemplo, aportando más información que conozca o solicitando a la Fiscalía la práctica de pruebas que puedan ayudar a resolver el caso.
- Fiscalía General De La Nación
- Policía Nacional
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga
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• Este es un delito de hurto, que tiene una regulación y pena especial, por la importancia de los bienes hurtados para el sector rural. Se comete cuando una persona se apropie en beneficio propio o de un tercero de animales como vacas, toros, terneros, caballos, yeguas, cerdos.
• El delito tiene una pena de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de veinticinco (25) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Cuando los animales apropiados tengan un valor de más de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, la pena será de setenta y dos (72) a ciento treinta y dos (132) meses de prisión y de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales vigentes.
• Los automotores, muebles e inmuebles que se utilicen para cometer la apropiación de estos animales, serán objeto de extinción de dominio.
• La pena se aumentará de la tercera parte a la mitad cuando:
1. Se inserte, altere, suprima o falsifiquen los fierros, marcas, señales o cualquier instrumento utilizado para la identificación de las especies.
2. Se sacrifiquen los animales.
3. Sea cometida por un servidor público aprovechándose de esa condición.
4. Aprovechando condiciones de calamidad, infortunio o peligro común.
5. Aprovechándose de la confianza dada por el dueño o poseedor de los animales.
6. Valiéndose de una persona inimputable.
7. Cuando lo cometa una persona disfrazada simulando ser una autoridad o invocando una orden de autoridad falsa.
• Si los animales son devueltos dentro de las 24 horas siguientes al hurto, sin ningún daño, la sanción será solo de multa.