¿Qué hacer si alguien de manera arbitraria o abusiva perturba, altera o interrumpe la posesión o arrendamiento de un inmueble (casa, finca, lote…)?

Molestias a la posesión por ocupación de hecho (Seguridad y Tranquilidad)

​​Hace años Agustín vive en una casa en el barrio La Colina no cuenta con la escritura pública ni con el registro, un fin de semana, apareció una señora que decía ser la verdadera dueña y amenazó con sacarlo de la casa. Francisco no sabe qué hacer ni ante quien acudir.

En este caso u otros similares en los cuales de manera abusiva, violenta o arbitraria  se perturbe, impida o altere el uso o disfrute de la posesión, arrendamiento de un inmueble (apartamento, casa, finca, entre otros). Los Inspectores de Policía podrán imponer las medidas correctivas tales como: ordenar el desalojo, multas, amonestaciones, entre otras.

Fecha del árticulo: 17/02/2019
Más Asesoría
Si requiere mayor información o asesoría sobre el procedimiento policivo por perturbación de ​la posesión, usted podrá acercarse a la inspección de policía más cercana a su municipio o acudir a los canales de atención de la Policía Nacional.
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Normativa
​ ​Código de Policía. Ley 1801 de 2016, artículos 76 a 82 “De la posesión, tenencia y servidumbres”.
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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