1. Protocolizar la apertura de la sucursal en una notaría de la ciudad elegida para su domicilio en Colombia, mediante escritura pública a la que se anexe (entre otros documentos): copias auténticas del documento de constitución de la sociedad, de sus estatutos, de la resolución que decida su establecimiento en Colombia y de los que acrediten la existencia de la sociedad y la identidad de sus representantes.
2. El documento mediante el cual se establezca la decisión de realizar negocios permanentes en Colombia, debe contener:
- Los negocios que la sucursal se proponga desarrollar, ajustándose a la ley colombiana.
- El monto de capital asignado.
- El lugar de domicilio de la sucursal.
- El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de estos.
- La designación de un mandatario general con uno o más suplentes, quienes representen a la sociedad en todos los negocios que se propongan desarrollar en el país.
– La designación de un revisor fiscal, quien deberá residir de forma permanente en Colombia.
3. Realizar el trámite de registro y matrícula mercantil de la sucursal de sociedad extranjera ante la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde esta va a desarrollar su actividad económica.
- Cámaras de Comercio
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