¿Qué hacer para que me reconozcan como dueño de una pequeña propiedad?

Proceso Especial de Pertenencia: Formalizar la Pequeña Propiedad. (Bienes; Acciones civiles)

​Alberto lleva 10 años explotando un terreno rural pequeño que le genera 2 SMMLV al mes, actúa como si fuera el dueño, es decir, cultiva naranjas, fumiga, cuida de los animales, así como paga el impuesto predial y los servicios. Sin embargo, de acuerdo con certificado de libertad y tradición, Alberto no aparece como el propietario del terreno.

Natalia le compró a Andrés un terreno rural de pequeña extensión. Tiempo después, Natalia se da cuenta que Andrés no era dueño del inmueble y que ocurrió lo que se conoce como ""falsa tradición"".

En estos casos, la persona es un poseedor porque está actuando como si fuera propietario del terreno, sin tener el respectivo certificado. Para ello existe un proceso especial, mediante el cual, si cumple con un mínimo de 5 años, la persona podrá ser declarada como propietaria del terreno (bien inmueble).

Fecha del árticulo: 18/12/2017
Más Asesoría

Si requiere mayor información o asesoría usted podrá acercarse a las oficinas de la Agencia Nacional de Tierras o comunicarse a las líneas Línea de atención en Bogotá (+57 1) 5185858, opción 0, Línea de Atención al Ciudadano Nacional 018000-933881.

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Normativa
 Constitución​ Política de Colombia, artículos 58 y 64 sobre el acceso progresivo a la propiedad.

 Ley 1561 ​de 2012 Por la cual se establece un proceso verbal especial para otorgar títulos de propiedad al poseedor material de bienes inmuebles urbanos y rurales de pequeña entidad económica

 El Decreto 1409 de 2014 que reglamenta la anterior ley y por lo tanto el proceso para el otorgamiento de títulos de propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales de pequeña entidad económica.

​ Resolución 0041 de 1996 del INCORA mediante la cual se establecen las extensiones de las unidades agrícolas familiares UAF.
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
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