1. En caso de ser víctima o conocer de la ocurrencia de un robo, es necesario presentar denuncia (acción penal mediante la cual una persona pone en conocimiento de la autoridad competente un comportamiento que constituye delito) ante la Fiscalía General de la Nación, de forma verbal o escrita, narrando de forma clara y breve los comportamientos que considere son delito.
La Fiscalía recibe denuncias en diferentes centros de atención, como las Salas de Atención al Usuario -S.A.U-, las Unidades de Reacción Inmediata -U.R.I-, los Centros de Atención a Víctimas y las Casas de Justicia o realice directamente su denuncia en linea haciendo
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2. En caso de no poder acudir directamente a la Fiscalía General de la Nación, puede dirigirse al cuadrante de la Policía Nacional de su barrio o CAI, quienes lo orientará sobre los pasos a seguir.
3. Una vez presentada la denuncia, la fiscalía se encargará de la investigación correspondiente y llevar ante el juez que tenga el conocimiento del caso, al presunto responsable. La pena establecida para el delito de hurto es de prisión de dos (2) a seis (6) años.
- Casa De Justicia
- Fiscalía General De La Nación.Denuncias-
- Policía Nacional
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga
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• Con la Ley 1826 de 2017, se faculta a los particulares (víctima del delito) para que mediante un abogado, soliciten la conversión de la acción penal de pública a privada, pudiendo de esta forma realizar la investigación o recolección de las pruebas del caso por sí mismo.
• A través de la Ley 1826 de 2017, se creó un procedimiento especial abreviado, el cual es aplicable para este caso, que reduce el número de audiencias, haciendo mucho más rápido el procedimiento penal.
• La Ley 1826 de 2017, entrará a regir seis (6) meses después de la fecha de su promulgación (después del 12 de julio).
• En caso de que la cuantía del robo no exceda los diez salarios mínimos ($7.377.170) la pena de prisión será de uno (1) a dos (2) años (hurto simple).
• La pena será de prisión de seis (6) a catorce (14) años (hurto calificado), si el hurto se cometa:
- Con violencia sobre las cosas.
- Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones.
- Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas.
- Con escalonamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar, o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.
• La pena será de prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años cuando el hurto se cometa con violencia sobre las personas.
• La pena será de siete (7) a quince (15) años de prisión cuando el hurto se cometa sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos.
• En el caso de robos informáticos o robo de tarjetas bancarias, es importante contactarse inmediatamente con su banco, para reportar lo ocurrido y proceder al bloqueo de sus cuentas y tarjetas.
• La Policía Nacional dispuso el Centro Cibernético Policial y el CAI Virtual, en el cual usted podrá obtener más información sobre esta clase de delitos y ponerse en contacto directamente con funcionarios de la Policía, a través del servicio de chat. Para acceder al CAI virtual,
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