1. Una vez una de las partes haya incumplido lo acordado en la conciliación usted podrá presentar una demanda para iniciar un proceso ejecutivo.
2. La demanda debe contener: el juez a quien se dirige, los datos personales de las partes, la petición que se reclama, la relación de los hechos y pruebas que se presenten o pidan (debe anexar el acta de conciliación); las normas que se aplican al caso y el valor de la petición.
3. El juez admitirá el caso y le dará 10 días a la parte demandada para contestar lo manifestado en la demanda y presentar las pruebas que estén en su poder. Posteriormente, citará a una audiencia y ordenará la práctica de pruebas que considere hacen falta. En caso de que no prospere lo manifestado por el demandado el juez ordenará seguir adelante con la ejecución.
¿Tiene costo?: No.
¿Necesita abogado?: No.
¿Trámite en línea?: No.
- Centro de conciliación
- Notaria
- Juez de la República
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