1. En los casos de los menores de edad, la solicitud podrá realizarse ante notaría, con los siguientes requisitos:
Requisitos generales de la solicitud:
- Registro civil del niño, niña, o adolescente, dueño de los bienes que se deseen vender.
- Descripción detallada del bien o bienes que se pretende vender.
- Presentar documentos y demás pruebas que acredite que el niño, niña, o adolescente es el dueño de los bienes objeto de venta.
- Es necesario justificar la necesidad y conveniencia de la venta. El solicitante también deberá explicar lo que se hará con los ingresos producto de la venta.
2. Una vez allegados los documentos, el notario procederá a estudiarlos.
3. Si encuentra reunidos los requisitos respectivos, se autoriza la venta de los bienes.
- Notaría.
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¿Qué debe hacer?
Si usted no cuenta con el dinero para costear los gastos del trámite notarial o no quiere adelantarlo ante un notario, podrá solicitar ante juez la autorización para la venta de los bienes.
¿Dónde acudir?:
-Juzgado De Familia
¿El trámite tiene costo?: No.
• La autorización de venta, se concede por un término máximo de seis (6) meses, en los cuales se debe hacer la venta.