1. Verifique las condiciones y naturaleza jurídica de la empresa, a efectos de determinar con claridad si está obligada a contratar aprendices.
Si usted es aprendiz debe registrarse en el sistema y describir brevemente su especialidad de trabajo; esto permitirá que las empresas tengan acceso a la información y puedan contratarlo. Además, por ese medio es que lo contactarán, por ejemplo: para indicarle la fecha de entrevista.
2. La empresa deberá definir el perfil laboral del aprendiz, para luego hacer la búsqueda de la persona a través de la base de datos de postulantes.
En caso de que por dicho medio no se encuentre la persona indicada, deberá hacer la solicitud por escrito al SENA, especificando el perfil de la persona en búsqueda. Allí deberán dar respuesta a su solicitud en los siguientes 15 días hábiles, relacionando los nombres de posibles candidatos.
3. Seleccionado el aprendiz, la empresa deberá contratarlo en la modalidad de contrato de aprendizaje y posteriormente registrar el contrato en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices (SGVA). El registro del contrato en el sistema es para hacer público que se está cumpliendo con la cuota obligatoria.
Si la empresa está obligada por ley a contratar aprendices, pero no requiere más personal, a cambio de la contratación del aprendiz puede optar por pagar dicha cuota en los términos que señala la ley; dichos pagos deberán quedar registrados en el sistema.
- Jefe o Empresa Empleadora
- Sena
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