Despido sin justa causa de persona con discapacidad

Despido sin justa causa de persona con discapacidad (Enfoque Diferencial)

​¿Qué puedo hacer si me despidieron del trabajo por causa de mi condición de discapacidad? ​


No se puede despedir a una persona en situación de discapacidad debido a su limitación, y si fuera esa la razón, se deberá solicitar la autorización al inspector de trabajo para el despido.   

A continuación, se muestran unos ejemplos de lo anterior.   

  • Juan, es una persona en condición de discapacidad que trabajaba hace 6 meses como vendedor en una empresa. Al finalizar el mes, recibió una carta de su jefe en la cual se le informa sobre la terminación de su contrato. Juan está sorprendido por la situación, pues no existen causas que justifiquen el despido, lo cual le hace pensar que es por su situación de discapacidad.  
  • María, es una persona mayor en situación de discapacidad física, quien trabaja en una empresa contable, actualmente, recibió una carta de despido, por razones que ella considera no son válidas ya que ha cumplido con todos los objetivos de su trabajo, por lo que pregunta si puede hacer algo al respecto.   

Para estos casos y otros semejantes, debe saber que todo despido a una persona con discapacidad, que sea en razón a su limitación deberá ser llevado ante un proceso judicial para revisión. 


Fecha del árticulo: 30/12/2021

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Más Asesoría

Si requiere más información o asesoría personalizada usted podrá acercarse a las oficinas del Ministerio de Trabajo, a los consultorios jurídicos de su municipio, a la Defensoría del Pueblo o a la Personería.  

Si requiere más información de la atención del usuario del Ministerio de Trabajo, podrá consultar aquí.  
gualmente, podrá consultar las inspecciones de trabajo dando click aquí
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Normativa
Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad y se dictan otras disposiciones” – Artículo 26 “No discriminación a persona en situación de discapacidad”


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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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