1. Las partes que intervienen en el contrato de factoring son:
- El factor o empresa de factoring, que es la persona legalmente habilitada para dedicarse profesionalmente a esta actividad, encargada de la gestión de cobranza o de la compra de las facturas o créditos existentes o futuros, y la que realiza, si es del caso, otros servicios acordados en el contrato.
- El factorado o cliente, que es la persona natural o jurídica que paga una retribución por la gestión de cobranza o que da en venta sus facturas o créditos existentes o fufuros (pagarés, letras de cambio, bonos de prenda, sentencias ejecutoriadas, entre otros), con el fin de obtener liquidez inmediata y trasladar a otro el riesgo del no pago o la demora en este. También retribuye, si es el caso, los otros servicios acordados.
2. Para celebrar un contrato de factoring, se debe suscribir un documento escrito en el que se estipule como mínimo lo siguiente:
- Datos de las partes que intervienen en el contrato.
- Descripción de los servicios prestados por el factor.
- Contraprestación del factor.
- Duración del contrato.
- Obligaciones de las partes.
3. Después de especificar dentro del contrato las estipulaciones que se consideren pertinentes, este debe ser firmado por las partes.
Teniendo en cuenta que el contrato factoring hace parte de los denominados “atípicos”, no es necesario el cumplimiento de ciertos ritos o solemnidades (protocolización, registro, etc).
- Particular
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