¿A quién le corresponde pagar las mejoras o reparaciones de un inmueble arrendado?

Reparaciones y mejoras inmueble arrendado (Contratos civiles)

​Eliana quiere hacer algunas mejoras al apartamento donde vive en arriendo, sin embargo ha notado que algunos arreglos son más graves que otros y puede que se deban a malos materiales utilizados en la construcción del inmueble. Eliana se pregunta a quien le corresponde pagar los arreglos, pero no sabe qué hacer o a quien acudir para encontrar ayuda.

Para estos casos o similares, usted debe tener en cuenta el tipo de reparación que se quiere o necesita hacer al inmueble, es decir si son: indispensables o necesarias, locativas o útiles; una vez establecido el tipo de mejora se podrá establecer a quien le corresponde el pago de la misma. Sin embargo, debe tener presente lo estipulado o pactado por usted y su arrendador en el contrato de arrendamiento, ya que allí se puede establecer de común acuerdo a quien le corresponde la reparación sin importar el tipo.


Fecha del árticulo: 30/01/2018

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Más Asesoría

Si requiere mayor información o asesoría sobre  a quién le corresponde el pago de las reparaciones o mejoras en las viviendas urbanas arrendadas, podrá acercarse a la alcaldía, personería, Defensoría del Pueblo o consultorios jurídicos de su municipio.

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Normativa
Ley 820 de 2003 “régimen de arrendamiento de vivienda urbana”. Artículo 24 terminación por parte del arrendatario; artículo 25 requisitos para la terminación unilateral por parte del arrendatario mediante preaviso con indemnización.

 


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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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