¿Qué hacer si he tenido problemas con el uso de parqueaderos compartidos en mi conjunto porque me sancionaron, cobraron sin autorización o restringieron el acceso sin justificación?

  (Civil; Policivo)

​La administración de una propiedad horizontal tiene la facultad de restringir o permitir el uso de los parqueaderos comunitarios, siempre y cuando esté claro en el reglamento aprobado por la asamblea de copropietarios y que no afecten los derechos de los residentes.

• Sofía tuvo un retraso de dos meses en el pago de la administración, y como resultado, le bloquearon el acceso a su parqueadero privado. No recibió ningún aviso formal ni oportunidad para ponerse al día antes de la restricción. Sofía siente que está siendo sancionada sin un proceso claro y busca saber si eso es legal, ya que considera que el administrador actuó sin transparencia.
 
• En el conjunto donde vive Diego, la administración comenzó a cobrar el uso de los parqueaderos de visitantes. Estas tarifas aparecieron sin que jamás se discutieran ni aprobaran en asamblea. Diego constató que los visitantes deben pagar para estacionar, lo cual le parece injusto porque no fue una decisión colectiva. Esta práctica ha generado malestar entre los vecinos, quienes sienten que la administración está actuando de forma unilateral, sin respetar la ley, ni fomentar la convivencia justa.
 
Para estos y otros casos similares, usted podrá:

Fecha del árticulo: 12/11/2025
Más Asesoría
Si requiere más información en relación con las sanciones sobre parqueaderos en una propiedad horizontal puede acudir a la Defensoría del Pueblo, a la Personería Municipal o al consultorio jurídico de la universidad más cercana.
Normativa


• Artículo 1.2.1.5.3.2 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.                                              • Jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia: sobre límites al poder sancionador en propiedad horizontal. Sentencia C-463 de 2024:  Ratifica que los reglamentos de propiedad horizontal deben respetar los límites legales y los lineamientos de la Ley 675 de 2001, sin ampliarlos indebidamente.

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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
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