1. La persona con discapacidad o aquella que sería designada eventualmente como apoyo puede acudir a una Notaria o Centro de Conciliación y presentar la solicitud de acuerdo de apoyos. Esta se puede hacer de manera verbal o escrita y debe contener:
• Documento de identidad de la persona quien será el apoyo y la persona con discapacidad.
• Actuaciones que serán objeto del apoyo.
• Historia clínica si se necesita verificar la necesidad de realizar el acuerdo de apoyo.
2. La autoridad le hará una entrevista a la persona con discapacidad que solicita el apoyo para verificar que es su voluntad suscribir el acuerdo de apoyo y que sea bajo sus preferencias.
3. Finalmente, la autoridad les indicará las obligaciones legales que deben cumplir y firmarán el acuerdo. En caso que se haya adelantado en Centro de Conciliación se firmará el Acuerdo de apoyo, si las partes comparecen y están de acuerdo. En caso de haberse adelantado en Notario, se firmará la escritura pública que contiene el acuerdo de apoyo.
¿El trámite tiene costo?: Sí, cuando el trámite de conciliación se adelante ante notarias y centros de conciliación privados, se deberá cancelar el costo del servicio, según el índice de tarifas. Para el caso de notarias la tarifa es la correspondiente a los actos sin cuantía o valor determinado.
¿Necesita abogado?: No.
- Notarias
- Centros de conciliación
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¿Qué debe hacer?
Si dentro de la audiencia de impugnación no se acepta la exoneración, deberá abrir un proceso de impugnación el cual se llevará como un proceso administrativo dentro de la entidad, donde tendrá las siguientes etapas:
1. La primera audiencia donde deberá contar todos los hechos de lo sucedido y solicitar la exoneración por no estar incumpliendo ninguna norma, así mismo, deberá solicitar que las pruebas que se alleguen al expediente sean las que determinó la entidad de transporte, la cual puede ser el testimonio del agente de tránsito, entre otras.
2. Se programarán las demás audiencias teniendo en cuenta la disponibilidad de la entidad para poder seguir la etapa probatoria, donde la entidad de tránsito tendrá la responsabilidad de probar cual es la norma que se violó.
3. Se programará la audiencia de alegatos de conclusión donde usted deberá decir las conclusiones de todo el proceso, teniendo en cuenta todo lo que tiene en el expediente, el cual siempre podrá solicitar y revisar.
4. Se programará la última audiencia de fallo donde se leerá el resuelve de la entidad, en caso de no ser favorable para su caso podrá solicitar que se lleve el proceso a segunda instancia.
En ese momento se le solicitará que argumente porque quiere que se vaya a segunda instancia donde usted podrá decir que nunca incumplió con la ley.
¿Tiene costo? No.
¿Necesita Abogado? No.
• La suscripción del acuerdo de apoyo debe ser siempre voluntaria, nadie debe ser obligado.
• El acuerdo de apoyo debe durar máximo 5 años.
• Cuando la persona con discapacidad va a realizar algún acto jurídico deberá presentar el documento que contenga el acuerdo de apoyo.
• En cualquier momento la persona con discapacidad puede modificar o terminar el acuerdo de apoyo.