1. El padre interesado en visitar y compartir con sus hijos deberá dirigirse al centro de conciliación de su preferencia o el centro zonal correspondiente al lugar de residencia del menor y solicitar una audiencia de conciliación. Deberá llevar la documentación necesaria como la fotocopia del registro civil de nacimiento del menor o tarjeta de identidad para mayores de 7 años, copia de cédula de ciudadanía.
2. El conciliador o la autoridad encargada del caso, luego de comprobar si puede adelantar el trámite y revisado los requisitos, citará a las partes a audiencia de conciliación.
3. Posteriormente, en el desarrollo de la audiencia, el conciliador o la autoridad competente elaborará un documento en el cual quedará establecido las visitas, indicando los días y las horas, así como las condiciones en bienestar de los menores.
¿El trámite tiene costo?: Sí, cuando el trámite de conciliación se adelante ante centros de conciliación privados, se deberá cancelar el costo del servicio.
¿Necesita abogado?: No.
- Comisaria de familia.
- Centro zonal del bienestar familiar.
- Defensoría de familia.
- Centros de conciliación de las universidades avaladas.
- Centros de conciliación de las cámaras de comercio y otros centros de conciliación de carácter privado.
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí.
En el caso de que la pareja no llegue a acuerdos justos y organizados en el régimen de visitas, el padre que se encuentre en desacuerdo puede acudir a un juez de familia, para lo cual deberá iniciar un proceso judicial.
• La Fijación de visitas es el derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes a mantener contacto con el progenitor con quien no viven bajo el mismo techo.
• Los documentos que se requieren los documentos básicos requeridos para ese tipo de procesos son:
- Datos de notificación de las partes (en caso de ser citados a una audiencia de conciliación)
- El acta de acuerdo, constancia de no acuerdo, constancias de no comparecencia. (en caso de acudir a instancia judicial)
- Registro civil de nacimiento y/u/o documento de identificación del menor.