Conciliación Extrajudicial en Derecho Arbitraje y Amigable Composición

Marcelo Fernando Rojas Castillo​​​​

Abogado de la Universidad Católica de Colombia, es especialista en Derecho Penal y Ciencias Forenses. Además, es conciliador en Derecho.

Cuenta con nueve años de experiencia en el sector público, todos como funcionario del Ministerio de Justicia y del Derecho, entidad en la que ha sido profesional especializado en las direcciones de Asuntos Internacionales, Política Criminal y Penitenciaria y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos. En esta última hizo parte del Grupo de Justicia en Equidad y actualmente se desempeña como coordinador del Grupo de Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición.

  1. Apoyar a la Dirección en la formulación de la política pública del programa Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición. 
  2. Apoyar a la Dirección en el seguimiento de los proyectos normativos relacionados con la Conciliación en Derecho. 
  3. Proponer a la Dirección elementos para elaborar propuestas​ legislativas en materia de Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición. 
  4. Adelantar los trámites para la creación de los Centros de conciliación y arbitraje y Amigable Composición, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  5. Llevar a cabo los trámites de autorización a los centros de conciliación, para adelantar el procedimiento de insolvencia de persona natural no comerciante, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  6. Adelantar los trámites para el otorgamiento de Aval para impartir formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  7. Adelantar los trámites para el otorgamiento de Aval para impartir formación en insolvencia de persona natural no comerciante, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  8. Apoyar a la Dirección en la resolución de conflictos de competencia entre Centros de Arbitraje, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  9. Apoyar a la Dirección en el ejercicio del control, inspección y vigilancia sobre los centros de conciliación y arbitraje y sobre las entidades avaladas para la formación, de conformidad con los parámetros señalados por la normatividad vigente. 
  10. Realizar seguimiento y control al uso y operación del Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición por parte de los operadores. 
  11. Proyectar para firma del Ministro o del Director, según corresponda, los actos administrativos de competencia de la Dirección, conforme a la normatividad vigente. 
  12. Proyectar la respuesta a peticiones, quejas, consultas, reclamos, requerimientos de órganos de control, contestación de acciones de tutela, actos administrativos y demás relacionados con asuntos de su competencia.  
  13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 
  14. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza y los objetivos para los cuales fue creado el Grupo.